El Modelo 659 de la Junta de Andalucía es el formulario oficial que permite solicitar una prórroga del plazo para presentar la autoliquidación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Este trámite se realiza cuando, por razones justificadas, no ha sido posible presentar la declaración dentro de los seis meses siguientes al fallecimiento del causante.
Contenido del Artículo
Quien puede presentar el Modelo 659 de la Junta de Andalucía.
Este modelo puede ser presentado por herederos, legatarios o beneficiarios de seguros de vida en Andalucía que necesiten más tiempo para cumplimentar la autoliquidación
¿Porqué solicitar esta prórroga?
- El plazo reglamentario para presentar la autoliquidación (Modelo 650 para herencias) es de 6 meses desde la fecha de fallecimiento.
- Si no puedes cumplirlo por circunstancias justificadas (por ejemplo, dificultad en recabar documentación o deficiencias en el expediente), puedes ampliar en otros 6 meses si solicitas prórroga dentro de los primeros 5 meses
- Si la Administración no responde en un mes, la prórroga se concede por silencio administrativo positivo
Documentación necesaria
Al solicitar la prórroga mediante el Modelo 659, hay que presentar:
- Formulario del Modelo 659, cumplimentado y firmado por todos los herederos.
- Certificado de defunción del causante.
- Datos de los herederos: nombre, domicilio, parentesco.
- Relación y valoración de bienes conocidos hasta la fecha
- En caso de representación, documentación acreditativa
- DNI/NIE de herederos y representantes
¿Qué ocurre tras la solicitud?
- La prórroga se concede si no hay respuesta en 1 mes (silencio positivo).
- Si es denegada, el plazo cuenta desde la fecha de notificación, y pueden aplicarse intereses de demora sobre los días posteriores a los 6 meses iniciales
- La prórroga comienza al vencimiento del primer plazo y también conlleva intereses de demora .
Diferencias entre el Modelo 650 y el Modelo 659 de la Junta de Andalucía.
Antes de continuar con la presentación del Modelo 659 de la Junta de Andalucía, nos parece importante explicar la diferencia que éste tiene con el modelo 650.
- Modelo 650: autoliquidación del Impuesto sobre Sucesiones (cada heredero presenta su declaración). Si quieres saber como tramitar este modelo, accede a nuestro artículo y te lo explicaremos todo «Modelo 650 de la Junta de Andalucía»
- Modelo 659: solo solicitud de ampliación de plazo; no sustituye ni modifica la declaración.
- Son trámites complementarios: si necesitas más tiempo para presentar el 650, primero solicita el 659.
Paso a paso para solicitar el Modelo 659 de la Junta de Andalucía.
1. Acceso a la sede electrónica
Entra en la web de la Agencia Tributaria de Andalucía
2. Crear nueva solicitud
- Elige “Nueva solicitud”, asigna un nombre de referencia.
- En caso de prórrogas anteriores, usa “Continuar” o “Duplicar”

3. Identificación
- Identifícate con certificado digital o Cl@ve PIN
4. Cumplimentación del formulario
Rellenar apartados clave:
- Solicitante o representante y domicilio.
- Causante: fecha fallecimiento, datos.
- Justificación de la prórroga.
- Herederos: nombre, parentesco, datos identificativos.
- Relación de bienes con valoración estimada
5. Adjuntar documentación
- Certificado de defunción, DNI de herederos, documento de representación si aplica
- Copias opcionales de documentos sobre bienes.
6. Validar y firmar
- Validación automática.
- Firma y envía telemáticamente.
- Obtén el CSV y justificante
Consejos para solicitar el modelo 659 de la Junta de Andalucía.
- Solicita la prórroga antes del mes 5 tras el fallecimiento.
- Reúne toda la documentación para evitar requerimientos.
- Adjunta copia del testamento o de la declaración de herederos si existen.
- Usa un representante con poder legal según el RD 1629/1991.
- Haz seguimiento en la Carpeta Ciudadana (en este artículo te enseñamos como tramitarla)
Como resumen, solo comentarte que presentar el Modelo 659 es fundamental si necesitas tiempo extra para preparar la autoliquidación del Impuesto de Sucesiones. Realízalo antes del quinto mes, con la documentación completa y la firmeza necesaria. La solicitud puede aceptarse por silencios, pero si se deniega, la única consecuencia es el abono de intereses de demora.
Y si necesitas ayuda con cualquier otro formulario, accede a nuestra sección de Modelos. Esperamos que encuentres lo que necesitas!!!