Empadronamiento en Sevilla

Todas aquellas personas cuyo lugar de residencia habitual esté ubicado en Sevilla, tienen la obligación de empadronarse en Sevilla. Al empadronarse en Sevilla, el ayuntamiento nos facilitará un Certificado de Empadronamiento; documento que acredita nuestro lugar de residencia y que nos será de utilidad para numerosos trámites. Le explicaremos todo sobre el Empadronamiento en Sevilla.

¿Cómo empadronarse en Sevilla?

Requisitos para el Empadronamiento en Sevilla

El único requisito necesario para empadronarse en Sevilla es residir habitualmente en esta capital andaluza. No es necesario tener la nacionalidad española; basta con acreditar que vivimos en una ciudad o pueblo de Sevilla.

Documentación necesaria para empadronarse en Sevilla

Para empadronarse en Sevilla será necesaria la aportación de todos los documentos necesarios para acreditar la identidad del solicitante, y que dicha persona reside en Sevilla.

En ciertos casos el Ayuntamiento de Sevilla puede solicitar documentos adicionales para verificar el uso del domicilio y los datos contenidos en la hoja padronal.

Documentación para acreditar la identidad

En el caso de los CIUDADADANOS CON NACIONALIDAD ESPAÑOLA, para empadronarse en Sevilla deberán aportar cualquiera de los siguientes documentos en vigor, según sea el caso de la persona:

  • DNI o pasaporte vigente (en caso de que sean mayores de edad)
  • Libro de familia o partida de nacimiento (para menores de 14 años)
  • DNI y libro de familia (para menores de 18 años)

En cuanto a los menores de edad, si los padres están divorciados, deberá presentar la resolución judicial que indique la guarda y custodia del menor.

En el caso de CIUDADANOS EXTRANJEROS QUE RESIDEN EN SEVILLA, para empadronarse en Sevilla deberán aportarla siguiente documentación.

  • Certificado de registro de ciudadano de la UE donde esté reflejado el NIE (mayores de edad pertenecientes a los estados miembros de la UE).
  • Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) expedida en España (para extranjeros que no pertenecen a la UE)
  • Certificado o partida de nacimiento (menores de 14 años).
  • Certificado o partida de nacimiento, junto con el TIE vigente (menores de 18 años).

Documentación para acreditar la residencia habitual en Sevilla

Para empadronarse en Sevilla, el solicitante deberá presentar:

  • Contrato de alquiler y un recibo o factura de la renta.
  • Título de propiedad de la vivienda donde reside.

Si el solicitante reside en un domicilio donde hay otras personas empadronadas, bebe llevar la autorización del titular de la vivienda. Conjuntamente, tiene que marcar la casilla de autorización de la hoja padronal para dar constancia de ello.

Si la persona que desea empadronarse no es propietario del domicilio y el titular verdadero no reside en este, deberá presentar una declaración responsable. Esta debe ser emitida por el propietario actual o arrendatario, de modo que pueda autorizar el empadronamiento de él o los solicitantes.

Empadronamiento en Sevilla
Empadronamiento en Sevilla

Procedimiento para el empadronamiento en Sevilla

Actualmente, las personas interesadas en empadronarse en Sevilla, encuentran varias formas de hacerlo:

  • Vía telemática
  • Presencialmente
  • Utilizando el servicio a domicilio

Empadronarse en Sevilla telemáticamente

El trámite de empadronamiento se realizará telemáticamente y se emitirá el certificado correspondiente. Mediante un email y enviando sus datos (Nombre, apellidos y dirección) se pondrán en contacto con usted (vía telemática) para iniciar dicho trámite.

Inicie este procedimiento, pinchando aquí.

Presencialmente

Deberá rellenar la documentación física y entregarla en los distritos municipales. Para solicitar cita con los distritos municipales debe llamar al 010 o solicitarla vía web en el siguiente enlace

Servicio a Domicilio

Un agente se pondrá en contacto con el solicitante para realizar el trámite en el domicilio del propio interesado. Puede realizar su solicitud de cita mediante cumplimentación del siguiente formulario o telefónicamente en horario 8:15 a 14:00 en el número 955 470 520 (Ext 2).

Otra información de interés

La obtención del Certificado de empadronamiento no suele tardar más de un mes, aunque el plazo máximo está fijado en 3 meses.

Si aún no posees la hoja padronal podrá descargar el formato en PDF pinchando en el siguiente enlace.

Si quieres tener más información sobre el Empadronamiento en Andalucía, accede este artículo

Cambio de empadronamiento en Sevilla

Puede solicitar la baja o el cambio de empadronamiento o modificación de cualquier dato, a través de los mismos métodos vistos para la solicitud.

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