Empadronamiento en Granada

Mediante el empadronamiento en Granada darse de alta en el Padrón de Habitantes por traslado de Residencia (desde otro municipio), nacimiento u omisión así como la modificación por cambio de domicilio dentro del mismo municipio.

¿Como empadronarse en Granada?

A continuación, te informamos de todos aquellos aspectos que hay que conocer para empadronarse en Granada.

Requisitos para el Empadronamiento en Granada

Este trámite se puede solicitar durante todo el año y pueden solicitarlo cualquier persona física que resida habitualmente en el municipio de Granada. Este es el único requisito necesario para el empadronamiento en Granada.

Las altas se podrán solicitar para los siguientes casos:

  • Por traslado de Residencia desde otro municipio/extranjero al municipio de Granada
  • Nacimiento
  • Omisión

Documentación necesaria para obtener el empadronamiento en Granada

Para empadronarse en Granada, el interesado debe aportar la siguiente documentación:

Hoja Padronal Cumplimentada y firmada

Esta hoja debe ser firmada por todas las personas mayores de edad inscritas en la misma.

Acceder al impreso

Documentación para acreditar la identidad

Documento en vigor que acredite la identidad de la/las personas que solicitan el empadronamiento en Granada. Dependiendo del caso en concreto, deberán presentar uno de los siguientes documentos:

  • DNI (Obligatorio con 14 años cumplidos o menores de 14 años con DNI ya expedido)
  • Tarjeta de Residencia o similar donde figure el NIE
  • Certificado de registro Ciudadano de la Unión acompañado de: pasaporte o documento de identidad del país de origen.
  • Pasaporte

Documento para acreditar la representación de menores

Para que un menor obtenga el empadronamiento en Granada, se deberá presentar el Libro de Familia o certificación del registro civil o documento análogo en caso de menores extranjeros.

En caso de empadronamiento con un solo progenitor: la resolución judicial que acredite su guarda y custodia.

Documento que acredite el uso de la vivienda

En función del caso de la persona que solicita el empadronamiento en Granada, se deberá presentar:

  • Escritura de compraventa
  • Contrato de arrendamiento en vigor (En los contratos prorrogados deberá acompañarse del último recibo del pago del alquiler), junto con la última factura de la compañía suministradora del agua, electricidad o gas a nombre del arrendador/a.
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Procedimiento para solicitar el empadronamiento en Granada

Esta provincia andaluza pone a disposición del interesado dos formas de tramitación de empadronamiento en Granada:

  • Tramitación online
  • Tramitación presencial

Tramitación online

Puede obtener el certificado de empadronamiento online desde la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Granada.

Debe realizar dicho trámite desde el apartado «Solicitud-Instancia General» y anexando a ella escaneada toda la documentación necesaria: hoja de empadronamiento y documentos que se especifican en el reverso de dicha hoja de empadronamiento.

Si la presentación de la solicitud para el empadronamiento en Granada, se va a realizar on-line es imprescindible que una vez tenga rellena la solicitud, a través del botón «Imprimir» se guarde en formato pdf, con una impresora virtual, para generar el modelo de solicitud en formato pdf no modificable.

Tramitación presencial

Puede rellenar la solicitud para obtención del certificado de empadronamiento y entregarla en el Registro del Ayuntamiento de Granada, en horario de 8,30h a 20,30h, de lunes a viernes,

Para la atención presencial será imprescindible cita previa. Puede acceder en el siguiente enlace: CITA PREVIA

Cambios en el empadronamiento en Granada

Se utilizará por cambio de residencia producido dentro del municipio de Granada y hay que comunicarlo mediante la presentación de la hoja de empadronamiento con los datos de las personas que se cambian y los datos del nuevo domicilio, acompañando la documentación necesaria. (La misma que para el trámite de alta)

Otros datos de interés sobre el empadronamiento en Granada

Tres meses conforme a lo establecido en el artículo 21.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

Si quieres tener más información sobre el Empadronamiento en Andalucía, accede este artículo

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